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El Gobierno pone en marcha la reforma laboral: cambios en indemnizaciones y flexibilización de contratos

Sturzenegger confirmó el inicio de la reforma laboral con cambios en indemnizaciones y contratos.
Sturzenegger confirmó el inicio de la reforma laboral con cambios en indemnizaciones y contratos.

Luego de la reglamentación del Régimen de Incentivo para las Grandes Fortunas (RIGI), el Gobierno está ultimando detalles para implementar otro capítulo de la Ley Bases: la reforma laboral.

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El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció que la reforma laboral incluida en la Ley Bases comenzará a aplicarse esta semana. Durante una entrevista, Sturzenegger destacó que la reforma permitirá a los empleadores elegir un esquema de indemnización más beneficioso, en lugar de estar sujetos a la ley de contrato laboral vigente. El ministro resaltó que esta es la reforma más significativa del mercado laboral en décadas, especialmente para contrarrestar lo que describió como la "industria de los juicios por despidos".

Una de las principales ventajas para el sector privado, nunca para los trabajadores, establecidas en la reforma laboral dentro de la Ley Bases, es el registro y regularización de los empleados no registrados formalmente (trabajadores en negro). Según la nueva normativa, los trabajadores regularizados tendrán el derecho de computar hasta 60 meses de servicios con aportes (o el menor tiempo necesario), basados en un salario mensual equivalente al salario mínimo vital y móvil. Esto les permitirá cumplir con los años de servicios requeridos para obtener la prestación básica universal y la prestación por desempleo.

Los beneficios adicionales incluyen:

  • Condonación de deudas por falta de pago de aportes y contribuciones a varios sistemas de seguridad social.
  • Extinción de la acción penal y condonación de multas, infracciones y sanciones relacionadas con la regularización de los empleados.
  • Eliminación del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), siempre y cuando se regularicen los trabajadores y se paguen las multas correspondientes.

Sturzenegger explicó que la reforma también incluirá la creación de un Fondo de Cese Laboral para reducir la carga e incertidumbre de las indemnizaciones por despido, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (pymes). Utilizando como ejemplo el régimen laboral de la UOCRA, donde los trabajadores se trasladan de un proyecto a otro al finalizar una obra, el ministro señaló que cada industria podrá establecer su propio convenio para gestionar las rotaciones de trabajadores de manera más eficiente.

Otros cambios

Ampliación del período de prueba: la reforma extiende a 6 meses el período de prueba para nuevos trabajadores, con la posibilidad de ampliarlo a 8 meses en empresas de 6 a 100 empleados, y hasta un año en empresas de menor tamaño. Durante este período, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización por antigüedad.

Flexibilización de relaciones laborales: la ley permitirá diferentes formas de contratación, como la de colaboradores o contratos de locación, excluyendo los contratos de obra, de servicios y de agencia de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que ahora se regirán por el Código Civil y Comercial.

Nuevas causas de despido: se incorporan motivos adicionales de despido, incluyendo la participación en bloqueos o tomas de establecimientos, obstrucción del ingreso o egreso, y la afectación de la libertad de trabajo.

Indemnización especial por despido discriminatorio: la nueva legislación establece una indemnización adicional de entre un 50 y un 100 por ciento de la indemnización por antigüedad en casos de despido por discriminación, eliminando la posibilidad de reinstalación del trabajador.

Tercerización laboral: se elimina la prohibición de tercerización en el trabajo agrario, permitiendo a las empresas contratar a través de agencias de servicios temporales.

Funcionamiento de sindicatos: se excluye a las asociaciones sindicales de denunciar la falta de registración de relaciones laborales, quedando esta tarea solo en manos del trabajador.

Licencia por embarazo: la licencia por embarazo se mantiene en 90 días, con la opción de reducir la licencia previa al parto a 30 días y acumular los días restantes al período posterior.

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